La Provincia reglamentó la ley para la creación de los consorcios canaleros

El gobernador José Manuel de la Sota reglamentó la ley 9750 de promoción y fomento para la creación y organización de los consorcios canaleros de la provincia de Córdoba.

Según el decreto 1315/12 rubricado por el mandatario, quedaron regulados aspectos inherentes a la creación de estos entes, competencias territoriales, atribuciones, el contralor del Ministerio de Agua, Ambiente y Energía y asignaciones presupuestarias para la ejecución de las obras.

Los consorcios canaleros tienen la tarea de realizar obras y trabajos de construcción, conservación, mejoramiento, mantenimiento, rehabilitación y limpieza de canales de las redes principal y secundaria de desagües o drenajes de cuencas rurales o urbanas.
Deberán contar con el asesoramiento permanente de un profesional ingeniero civil y/o hidráulico.

Tras el análisis del proyecto, se determinará cuál será el porcentaje de afectación de fondos para el financiamiento que realizará el ministerio en cada una de las obras. La competencia territorial de estos consorcios se circunscribirá a las áreas asociadas a cuencas hidrográficas, cursos de aguas, lagunas, zonas de derrames, embalses u otros accidentes naturales y/o ambientes geomorfológicos que conformen una zona hídrico-ambiental homogénea.

Para ejercer el control y fiscalización técnica, contable y administrativa de los consorcios, el ministerio que preside Manuel Calvo creará una Comisión de Control, la que estará integrada, como mínimo, por un abogado, un profesional en ciencias económicas y un ingeniero civil y/o hidráulico. Asimismo, podrá crear una Subunidad Ejecutora, que funcionará en el ámbito de la Comunidad Regional que corresponda a cada consorcio.

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