RADARES CORDOBESES

La Dirección de Prensa del Gobierno de la Provincia  de Córdoba emitió un comunicado sobre la radarización en la provincia:

radar1Debido a versiones periodísticas que afirman que los radares que emplea la Policía Caminera no estarían autorizados para su empleo, la Dirección de Prevención de Accidentes de Tránsito, en carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley de Utilización de Dispositivos Reguladores y Controladores del Tránsito, informa que:
Los cinemómetros (radares) que emplea la Policía Caminera corresponden al Modelo Stalker Lidar, fabricado en Estados Unidos; se encuentra inscripto en Metrología Legal bajo el N° 5.240 y tiene Código de Aprobación de Modelo: 871/2003.
Se ha dado cumplimiento a los requisitos de calibración mediante los certificados correspondientes emitidos por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).
Se ha dado cumplimiento al Artículo 14 de la Ley 8980 en cuanto a la homologación del empleo de los cinemómetros, mediante la aprobación de los requisitos establecidos en el punto B del Anexo 1 del Decreto 274/09, presentado por la Dirección General de Policía Caminera el 27 de febrero de 2009, en la nota de Referencia: «Solicitud de homologación de Dispositivos Controladores de Tránsito».
El Programa Provincial de Seguridad Vial que se está aplicando en nuestras rutas y autopistas ha dado por resultado un descenso de la mortalidad significativo, incidiendo positivamente la fuerte reducción de la velocidad gracias al control de que se realiza con el uso de los radares
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Un comentario sobre “RADARES CORDOBESES

  1. Soy conciente de que los controles deben afectuarse, para seguridad de todos, y que la principal función de los mismos es la disminución de accidentes, pero creo errada la forma en que lo implementaron, dado que priva la parte económica de la recaudación a la de prevención de accidentes.
    Un caso a tener en cuenta: sin se viene viajando a 105 o 110 km/h y delante nuestro nos encontramos con dos camiones que viajan a 90 km/h, al tener que acelerar para pasarlos, seguramente nuestra velocidad vá a pasar por encima de los 125 o 130 km/h, si en ese momento nos monitorean vamos a estar en falta, por más que defendamos nuestra postura, dado que los radares no toman la escena, ni tampoco los inspectoresdan lugar a un entendimiento, tratándote mal, como si fueras un delincuente, imponiéndote la multa sin muchas explicaciones.
    Está bueno que nos cuiden, pero hagan las cosas correctas. Esta ley de utilización de radares no está autorizada por la oficina de METROLOGÍA LEGAL DE LA NACIÓN, dependiente de la Secretaría de Comercio Interior, por lo que cabe la aclaración de que el fin es únicamente lucrativo, al efectuarse la modificación de la ley en forma ilegal.
    En la medida de que se quiera implementar un nuevo sistema de seguridad, y éste no esté debidamente claro, los problemasvan a ser mayores.
    Muchas gracias por el espacio

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