Guillermo Capdevilla abogado jubilado de nuestra ciudad días atrás explicaba a nuestra audiencia que ningún cargo queda vacante por una feria judicial ya que el código procesal y la ley orgánica del poder judicial siempre prevén los remplazos o relevos en caso de ausencia.
“El problema sustancial de todo esto es que la ley prevé que no debe haber principio de indefensión, es un principio básico de todo el sistema judicial Argentino. El imputado hasta en el peor de los crímenes tiene derecho a una asistencia jurídica, es un derecho constitucional. En caso del tribunal local, donde hay un solo asesor letrado, se hace cargo un asesor letrado de otra jurisdicción, que debería ser Río Cuarto, o se le designa un abogado de la matrícula que tiene la obligación de asistirlo gratuitamente” explicó el Dr. Capdevilla.
Además, señaló que en caso de que se designe a alguien de la ciudad de Río Cuarto el mismo debería trasladarse a nuestra ciudad “no lo pueden sacar del juez natural, ya que el imputado tiene que declarar en la sede de su fiscalía. Sin embargo yo creo que se debe resolver con un abogado de la matrícula”. En el caso de que sea un abogado de la matrícula se elige por sorteo y el caso recae como una carga pública a la cual no puede renunciar ningún abogado.