Defensa.

El bloque de legisladores provincial de la UCR rechazó de manera enfática un proyecto impulsado por el oficialismo parlamentario, por el que determina la competencia territorial de las municipalidades y comunas en “mérito” a lo dispuesto en el artículo 185 de la Constitución provincial.

La bancada Radical consideró en voz del legislador Orlando Arduh que la propuesta “vulnera y debilita, de manera ostensible la autonomía municipal, la que el Radicalismo ha defendido a lo largo de la historia y seguirá enarbolando como bandera en esta argentina cuyo gobierno viene atentando contra el Federalismo, y en esta provincia en la que el gobernador (De la Sota) aunque se esfuerza por mostrarse diferente del poder central, pero lo cierto es que ejecuta la misma política centralista respecto de los municipios y las comunas”.

Acto seguido, el miembro informante diferenció la situación de los municipios que no tienen Carta Orgánica municipal que se rigen por la ley 8102 de los que si la tienen. En el caso de los primeros este proyecto modifica totalmente su régimen.

El art.7 de la ley 8102, establece que el radio municipal se compone de la zona en la que se presten total o parcialmente los servicios públicos municipales permanentes y también de la zona aledaña reservada para las futuras prestaciones de servicios.

“La iniciativa en cambio reduce totalmente este territorio, ya que limitan el ejercicio de la competencia territorial a la zona del radio en la que se presten de manera efectiva y permanente los servicios”, remarcó Arduh.

De esta manera se producen dos consecuencias:

1) quedan excluidas las zonas en que los servicios se presten parcialmente, lo cual va a llevar a un sinnúmero de conflictos a los fines de determinar si la prestación parcial es “efectiva y permanente”,

2) directamente desaparece el inciso b) del art.7 de la 8102 ya que se excluye expresamente la zona reservada para la futura prestación de servicios, “es decir que el cercenamiento que se le ocasiona a las municipalidades y comunas en lo atinente a su competencia es enorme”, aseguró Arduh.

El art.3 del proyecto –aprobado por mayoría- establece que las zonas donde no se presten los servicios de manera efectiva y permanente, quedan reservadas para futuras ampliaciones, “lo cual -añadió el legislador- es abstracto ya que el art.2 le quita sobre estos territorios toda competencia a la municipalidad sobre estas zonas”.

En tanto, los arts. 6, 7 y 8 del proyecto, son innecesarios ya que tanto la competencia de vialidad como la de hidráulica sobre los caminos y los canales de riego y acuíferos, es indudable conforme la legislación vigente que la participación de los municipios está limitada a lo que convenga con la correspondiente repartición.

Acerca de la competencia material de los territorios municipales, según el artículo 4º es atribuido a las Comunidades Regionales, “lo cual además de ser un dislate podría eventualmente ser objeto de una tacha de inconstitucionalidad”, indicó el miembro informante Radical.

“Si esta legislatura sanciona el presente proyecto en debate, se dará un golpe durísimo para los gobiernos municipales que van a ver reducida de manera drástica su marco de competencias, crea una situación de desigualdad írrita entre municipios, quiebra la armonía jurídica hoy existente y se constituirá en una fuente de conflictos entre municipios y entre éstos y las comunidades regionales, y estas con los particulares, porque en definitiva nadie sabrá con ciencia cierta hasta donde llega su competencia”, avizoró el legislador.

Luego de lamentarse de que el tema en cuestión no se haya debatido en el seno de la Mesa Provincia – Municipio, afirmó que el mismo “creará un marco de total inestabilidad en lo atinente en las relaciones con los administrados ya que desaparece la claridad de cuáles son los marcos de actuación municipal, lo que originará que en un sin fin de oportunidades el particular no sepa a quién tiene que recurrir para solicitar un servicio o efectuar una petición”.