La Cámara Única del Trabajo de Villa María hizo lugar a una demanda iniciada por una maestra de grado, con 20 años en el ejercicio de la docencia, que tuvo lesiones en sus cuerdas vocales que le provocaron una “disfonía funcional irreversible” por un uso excesivo de la voz.
En consecuencia, condenó al Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba a pagar una indemnización por una incapacidad laboral definitiva del 17,70% de la total obrera, más un 20% en concepto de daños extras tarifarios.
Asimismo, el tribunal condenó al Estado provincial a pagar un interés del 4% mensual sobre la suma adeudada por su “conducta procesal maliciosa y temeraria” sostenida en contra del reclamo de pago de la indemnización determinada por la incapacidad reconocida.
En este sentido, el camarista Marcelo Salomón señaló que este tipo de causas “nunca deberían llegar hasta esta instancia procesal” y que, tal vez, ni siquiera correspondería que sean judicializadas si los operadores del sistema de prevención y reparación de riesgos del trabajo actuaran “con lealtad, providencia y prontitud respecto a los siniestrados”.
“Se ha verificado en autos, el penoso agravante que el demandado es el propio estado provincial, quien debería ser el primero en cumplir las normas, pues si no se vacía de legitimación constitucional el contrato social y el estado pierde su esencia legal de autoridad para reclamar a los particulares el cumplimiento de la ley”, enfatizó Salomón.