SE INFORMA A LA COMUNIDAD, A TRAVÉS DE FM ESTRELLA, QUE A LOS FINES DE OPTIMIZAR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS, SE HA DISPUESTO MEDIANTE DICTADO DE LA RESOLUCIÓN 021/2012. UNA MODIFICACIÓN DEL HORARIO DE LA JORNADA LABORAL DEL PERSONAL MUNICIPAL, LA QUE SE HA FIJADO DE ACUERDO AL SIGUIENTE DETALLE.
Personal de Servicios Generales, Mantenimiento y de calle, dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, y SerMAS:
Horario invernal: período comprendido entre el 1 de abril al 30 de septiembre de cada año, ingresará a las 6.30 horas, hasta las 13.30 horas;
Horario estival: período comprendido entre el 1 de octubre al 31 de marzo de cada año, ingresará a las 6.00 horas, hasta las 13.00 horas;
Resto del Personal de la Municipalidad, incluyendo personal administrativo y oficina de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Secretarías de Educación y Cultura, Gobierno, Acción Social, Hacienda, Guarderías y Dispensarios:
Horario invernal: período comprendido entre el 1 de abril al 30 de septiembre de cada año, ingresará a las 7.00 horas, hasta las 14.00 horas.
Horario estival: período comprendido entre el 1 de octubre al 31 de marzo de cada año, ingresará a las 6.30 horas, hasta las 13.30 horas;
Queda expresamente excluida de la presente modificación el personal que presta tareas en el Servicio de Recolección de Basura.