«Uno siempre puede salir a responder», le dijo el periodista a la magistrada, sobre si consideraba que podía ser ofensivo el contenido de los artículos que se pudieran publicar sobre lo que le pasa.
«Resultan expresiones de voluntad del causante, coincidentes con las de sus familiares antes enunciados» señaló la jueza Córdoba, que habilitó en fin de semana los canales de su retroceso, para que fuera informado por los canales judiciales correspondientes. «Los familiares refirieron en idéntico sentido que sobre la salud del señor Lanata no tienen inconveniente que se hable y esa es la voluntad de él», agregó la magistrada, intentando dar vuelta la página que la había situado en medio de fuertes cuestionamientos.
«Es una medida que debería ser dejada sin efecto con mayor premura que la que precedió a su dictado, por ser incompatible en letra y espíritu con las normas constitucionales e internacionales que prohíben la censura previa», había señalando ADEPA sobre el bozal legal al conocerse, agregando que «el artículo 14 de la Constitución Nacional y el artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica son tan claros y rotundos en esta materia que no se explica la ligereza judicial que los ha violentado». Incluso se destacó que «la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que cualquier medida preventiva que impida el ejercicio de la libertad de expresión, incluyendo las decisiones judiciales, constituye censura previa».
Por su parte, la Academia Nacional de Periodismo, con las firmas Silvia Naishtat y Joaquín Morales Solá, enfatizó que el fallo de la jueza Córdoba constituía «un peligro y una gravísima amenaza a la libertad de expresión y a la transparencia informativa».
“La censura previa es incompatible con los principios democráticos”, enfatizaron desde la Academia, citando las normas internacionales y constitucionales que la prohíben de manera explícita, remarcó la entidad.
HB
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