La Justicia del Trabajo concede medida cautelar solicitada por la CGT, suspendiendo la aplicación de las normas laborales incluidas en el DNU del presidente Javier Milei. Este fallo representa el primer freno judicial a los alcances del decreto de necesidad y urgencia 70/2023, destacando la importancia de las formas republicanas y citando a Juan Bautista Alberdi.
La Cámara de Trabajo, por dos votos a uno, resuelve conceder la medida cautelar pedida por la CGT, suspendiendo la aplicación de las normas laborales del DNU del presidente Milei. El fallo destaca que las formas republicanas no son solo retórica, sino esenciales para el sistema, e incluye citas a Juan Bautista Alberdi, figura admirada por el presidente. Se anticipa que el Gobierno apelará la decisión ante la Corte Suprema.
La jueza Dora González, en minoría, sugiere que el caso se traslade a la Cámara Contencioso Administrativo Federal para definir qué fuero debe tramitar el expediente. Sin embargo, la mayoría, compuesta por los jueces José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, decide frenar los tramos que hacen referencia a las modificaciones laborales del DNU.
El fallo argumenta que los trabajadores son un sector socialmente vulnerable y que se encuentran en juego derechos de naturaleza alimentaria, justificando así la medida cautelar. Además, critica la falta de evidencia objetiva de la necesidad y urgencia de tantas medidas, especialmente en el contexto de estancamiento del empleo formal durante 12 años.
El juez Sudera destaca la aptitud jurisdiccional de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en la contienda y subraya que las consideraciones genéricas expuestas en los considerandos de los DNU no son suficientes para justificar el dictado de medidas legislativas por parte del Poder Ejecutivo Nacional.
El fallo resalta la importancia de dar poder al ejecutivo, pero a través de una constitución, evitando el despotismo y recordando que las formas republicanas son esenciales. Concluye dictando la medida cautelar que suspende la aplicabilidad de las normas laborales del DNU hasta que se dicte sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo.
La Justicia del Trabajo concede una medida cautelar solicitada por la CGT, suspendiendo la aplicación de las normas laborales incluidas en el DNU del presidente Javier Milei. Este fallo representa el primer freno judicial a los alcances del decreto de necesidad y urgencia 70/2023, destacando la importancia de las formas republicanas y citando a Juan Bautista Alberdi.
La Cámara de Trabajo, por dos votos a uno, resuelve conceder la medida cautelar pedida por la CGT, suspendiendo la aplicación de las normas laborales del DNU del presidente Milei. El fallo destaca que las formas republicanas no son solo retórica, sino esenciales para el sistema, e incluye citas a Juan Bautista Alberdi, figura admirada por el presidente. Se anticipa que el Gobierno apelará la decisión ante la Corte Suprema.
El fallo argumenta que los trabajadores son un sector socialmente vulnerable y que se encuentran en juego derechos de naturaleza alimentaria, justificando así la medida cautelar. Además, critica la falta de evidencia objetiva de la necesidad y urgencia de tantas medidas, especialmente en el contexto de estancamiento del empleo formal durante 12 años.
El juez Sudera destaca la aptitud jurisdiccional de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en la contienda y subraya que las consideraciones genéricas expuestas en los considerandos de los DNU no son suficientes para justificar el dictado de medidas legislativas por parte del Poder Ejecutivo Nacional.
El fallo resalta la importancia de dar poder al ejecutivo, pero a través de una constitución, evitando el despotismo y recordando que las formas republicanas son esenciales. Concluye dictando la medida cautelar que suspende la aplicabilidad de lasnormas laborales del DNU hasta que se dicte sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo.