El 30 de Diciembre del año pasado se le comunicó a las autoridades del Consorcio Canalero de La Carlota la resolución número 449 de la secretaria de Recursos Hídricos de la Provincia de Córdoba por la cual se aprobó la constitución del Consorcio Canalero La Carlota y se le confirió personería jurídica. A partir de entonces, el Consorcio ha quedado en condiciones de operar como tal, evaluando, proyectando y ejecutando obras dentro de la jurisdicción que le ha sido conferida y en el marco de las facultades que le acuerda la ley provincial numero 9750.
En este contexto, el Consorcio emitió un comunicado que expresa lo siguiente: Al día siguiente de la comunicación referida, el Consorcio participó junto con otras entidades y productores afectados, en una reunión convocada por la Municipalidad de La Carlota para evaluar la emergencia provocada por las lluvias ocurridas en navidad. En esa oportunidad, el personal Municipal que intervino expuso el plan de obras que preveían ejecutar a los fines de extraer el agua del ejido urbano, resolviendo las situaciones más acuciantes.
En tanto esas obras implicaban atender a personas en situación de emergencia, todos los presentes, incluidos los representantes del Consorcio, convinieron en su conveniencia.
Sin embargo, se resaltó entonces que el plan propuesto atendía sólo a resolver situaciones de urgencia puntuales que hacen sólo al ejido urbano. Y si bien nadie puede oponerse a ellas, en función del cuidado preponderante que ha de darse a los habitantes de La Carlota, este Consorcio considera que el problema de desagüe de las aguas que se originan en la zona urbana debe ser resuelto en forma integrada y armónica con la cuenca y con los campos que circundan a la ciudad. Sin ello, todas las acciones que se den, por más que tengan base técnica, serán actos aislados que sólo cambiaran de lugar el problema, afectando a otras personas la mayoría ciudadanos de Nuestra Ciudad.
Será tarea de este Consorcio diseñar y ejecutar los actos necesarios para el manejo coordinado de la cuenca, procurando la obtención de los fondos indispensables para ello. Y nada de esto será posible sin la tarea coordinada de todos los vinculados al asunto, ya sea la Municipalidad de La Carlota en cuyo ejido se originan las aguas a desaguar, los productores (en su mayoría domiciliados en Nuestra Ciudad) cuyos campos han de ser atravesados por los canales de desagüe y la Dirección de Recursos Hídricos provincial, como autoridad en la materia.
Cada uno de estos actores deberá asumir las responsabilidades que le son propias en el caso y deberá dar los actos necesarios para que, entre todos y en modo coordinado, se consiga una solución integra y final a un problema que ya es antiguo y recurrente.
Los objetivos y funciones del Consorcio. Situación de la cuenca.
El presidente del Consorcio Canalero de La Carlota, Guillermo Capdevila (h), explicó en Sin Comentarios que el Consorcio es un brazo de la Dipas y tiene como función administrar las cuencas. La Carlota tiene una región geográfica bastante amplia hacia los cuatro puntos cardinales (cuenca sureste, hoy una de las más afectadas; la noreste que sufre los anegamientos productos de los desbordes del río; noroeste también complicado, tal como se puede ver en la zona del cruce y Barreto, y la sudoeste hacia Los Cisnes) A continuación, el presidente del Consorcio Guillermo Capdevila (h) explica sintéticamente las funciones de este organismo.
Cabe recordar que las autoridades del Consorcio Canalero La Carlota son: Presidente: Guillermo Capdevila; Vicepresidente: Saturnino Armeñanzas; Secretario: Pablo Andrés Fernández; Tesorero: Facundo Avellá; Primer Vocal: Federico Marín; Segundo Vocal: María del Cortijo Martino; Tercer Vocal: Daniel Garrido.