En la noche del jueves se llevó a cabo una nueva Sesión Ordinariadel Honorable Concejo Deliberante donde se trataron los siguientes temas:
En lo referente al proyecto de ordenanza del Departamento Ejecutivo Municipal donde se solicitaba autorización para contratar a la Empresa ICONO S.A de la Ciudad de Río Cuarto, a los fines de la ejecución de la obra de tendido de Red de Energía Eléctrica sobre las quintas Nº 3 y 4 del Plano Oficial, donde se están construyendo el plan de 100 viviendas al oeste de la ciudad.
Este tema había tenido dictamen en comisión, una de ellas con votos negativos de la comisión representada por Aura Sánchez, Federico Letona y Patricio Kilmurray. En tanto otra de las comisiones integrada por Lisa Piñeiro y Boneto había votado en positivo. Finalmente en el plenario el oficialismo logró imponer su posición por cuatro votos a tres. Los concejales de la oposición rescataron que simplemente se oponían por el hecho de que se habían saltado el llamado a licitación sobre todo por la cantidad del monto.
Otro de los temas fue lanota enviada por el Departamento Ejecutivo Municipal sobre Convenio Marco de Cooperación Institucional entre el Defensor del Pueblo de La Provincia de Córdoba y la Municipalidad de La Carlota. Cabe destacar que en su artículo primero ambas instituciones favorecerán la concertación de un programa de cooperación técnica y asistencia recíproca para la ejecución conjunta y coordinada de actividades institucionales, proyecto de investigación y promoción en áreas de mutuo interés. La cooperación entre la Municipalidad y la Defensoría del Pueblo es muy amplia e importante en temas como la promoción, protección de los derechos sociales, económicos, políticos y culturales.
En el tercer artículo del convenio se destaca que la defensoría pone a disposición de la Municipalidad para ser ejecutado conjuntamente programas especiales que actualmente se desarrollan: “no a la trata de personas”, temas como “bastón verde”, conductor designado y Centro de Mediación Comunitaria. Por otra parte el artículo número cuatro dice: a los efectos del cumplimiento de las acciones anteriormente mencionadas las partes acuerdan instrumentar, en el mediano plazo, tareas operativas que promuevan el mejor cumplimiento de todo lo apuntado.
Finalmente las partes se comprometen a aportar recursos necesarios, personal idóneo para llevar a cabo las actividades conjuntas objeto de este convenio sin que ello imponga contraprestaciones económicas.
ESTO ES LO QUE DICE EL ARTICULO 66 DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL QUE RIGE PARA LA MUNICIPALIDAD DE LA CARLOTA.
Hacienda, Pr esupuesto y Contabilidad Contr ataciones
Artículo 66º. Toda enajenación, adquisición, otorgamiento de concesiones y demás
contratos, se hará mediante un procedimiento público de selección que garantice la
imparcialidad de la administración y la igualdad de los interesados.
El Concejo Deliberante establecerá por medio de Ordenanza general, el procedimiento
que deberá seguirse y los casos en que podrá recurrirse a la contratación en forma
directa.
Las contrataciones que no se ajusten a las pautas establecidas en este artículo, serán
nulas.