En Córdoba se había llegado a un acuerdo en relación con las empleadas domésticas en un contrato especial. Sin embargo la Nación, con nueva ley, hace caer lo que tenía la provincia equiparando todo el país en una sola. En tal sentido Fm Estrella consultó con el Dr. Ricardo Garello para que nos explique la problemática surgida en torno a la situación particular de Córdoba.
“Las empleadas domésticas han sido incorporadas a la ley de contrato de trabajo, un avance trascendental en pos de los derechos de las empleadas domésticas ya que antes se encontraban desamparadas. Pero con la sanción de la ley 26.844, que es la nueva ley de casas particulares, son equiparadas con la mayoría de los que integran otras actividades”.
“Hasta aquí bárbaro, lo que ocurre es que esa ley no fue reglamentada en un sinnúmero de párrafos, en cuestiones muy importantes como por ejemplo trabajadoras por hora, entre otras. Entonces al no ser reglamentada no se puede aplicar. Por otro lado, se dilata la creación del convenio colectivo de trabajo que agrupa a las empleadas domésticas o casas particulares. Al no haber un gremio que regule esta actividad, de acuerdo a la nueva ley, el ministerio de Trabajo de la Nación se ve impedido de poder lograr un reacomodamiento de la escala salarial”.
“Todos sabemos que Córdoba era la excepción a nivel nacional ya que tenía una escala salarial diferente a la del resto del país y que estaba dada de acuerdo a la cantidad de horas que trabajaba la empleada. En este caso el Ministerio de la Nación, de acuerdo a la única ley (la nueva ley creada), se ve en la necesidad de reacomodar el salario de las empleadas con un incremento del 25%. Pero a diferencia de Córdoba, deja de lado el sueldo en base a la cantidad de horas que trabaja sino que establece el sueldo en base a la actividad que realiza; ya sea niñera, cuidadora de ancianos, cocinera, etc. creando cinco categorías donde establece un parámetro de valor por hora y valor mensual”.
“De esta forma la escala salarial que tenía Córdoba queda desafectada o nula. Obviamente la nueva ley nacional incluye a Córdoba. Sin embargo la categoría laboral sexta que es la de cuatro horas, las más común de todas, en ese caso en Córdoba el sueldo hasta este momento estaba en $2.131 y con la nueva escala salarial que publicó el Ministerio de Trabajo de la Nación, para la misma tarea, se estableció en $3.220. Aquí está el meollo de la cuestión, los $3.220 deben entenderse que son para 8hs. de trabajo. Por lo tanto la empleada de 4 horas en la provincia de Córdoba que está ganado $2.130 pasará a cobrar $1.600, es decir la mitad de las 8 hs. Hay un conflicto de intereses, entre el sindicato de empleadas particulares de Córdoba con la Nación para establecer pautas que puedan equiparar y no soportar descuento.
¿Cómo se entiende esto?
“No se puede soportar descuentos ya que en Córdoba estaba a $2.130, pero a partir de la de la ley del gobierno nacional y si uno aplica analogías que para 8hs está a 3.220 pesos para cuatro horas sería la mitad y no se puede bajar porque es un derecho adquirido. Lo que ocurre es cuando una empleada es contratada por primera vez desde ahora por cuatro horas ¿cobraría $1.600? Ahí se plantea la cuestión. La respuesta que le dieron al sindicato de doméstica de Córdoba desde la Nación fue la siguiente: menos de 8 horas debe abonarse no mensual sino por hora lo cual es una incongruencia”.
¿En tal sentido hoy por hoy la escala salarial de la provincia se encuentra sin efecto ya que hay una sola escala nacional con cinco categorías?
Esto complica más cuando se analiza cada caso en particular “A veces nos vemos impedido de dar una respuesta concreta. El Concejo de Ciencias Económicas, los contadores reciben continuamente subscripciones de ley y me plantean para ver cuál es la tesitura del Ministerio de trabajo de la provincia de Córdoba y es todo un problema, se ha generado una laguna legal bastante complicada, no sé cómo se va a resolver esto”.
Cuando exista problemas con los trabajadores “para los conflictos que se generen con relaciones de trabajo con anterioridad a esta ley se va a regir por el principio de irretroactividad de la ley, es decir por la ley anterior, a partir desde esta ley está complicado”.
En tanto, “ahora las empleadas domésticas se denominan empleadas de casas particulares, las mismas cobraran por 8 horas $3.220 la hora varía porque hay cinco categorías. Las categorías establecen tareas a realizar y a su vez cada una tiene un sueldo mensual y un valor por hora ya sea con retiro o sin retiro. El precio de hora para la más común es de $25 con retiro y $28 sin retiro, no sé cómo se explica en este sentido retiro y sin retiro para una persona que trabaja cuatro horas”.