Violencia familiar

La Unidad Judicial Especial de Violencia Familiar, en Córdoba capital, se encarga de la violencia intrafamiliar especialmente con característica de cierta gravedad. El resto de la violencia familiar la atiende las unidades judiciales de cada sector de la capital provincial. Por su parte, en el interior provincial, esto lo realiza en conjunto cada unidad judicial departamental.

La Unidad Judicial Especial de la Violencia Familiar depende del poder judicial y particularmente del Ministerio Público Fiscal  donde se atiende exclusivamente los casos penales. Desde allí se comunica a la Cenat, en caso de que existan niños en riesgo, también a los juzgados de violencia familiar y a la Dirección de Violencia Familiar para hacer el seguimiento, acompañamiento y tratamiento terapéutico a las familias que están incursas en alguna problemática de violencia familiar.

En la unidad judicial se trabajan en distintos ejes de la violencia familiar “aquí gira casi todo en torno a las amenazas y lesiones, ya sean de armas o puños,  cuando ocurre una pelea, en una pelea que no necesariamente son entre cónyuges, concubinos sino que quedan atrapados todos los vínculos familiares consanguíneos o por afinidad. Dentro de ese contexto los delitos que más se realizan son las lesiones, amenazas, coacción e incluso hechos más graves…”

En todos los sectores sociales se percibe estos problemas, pero quienes concurren con menor incidencia son los sectores altos de la sociedad, lo que no implica que los problemas no existan, todo lo contrario, el problema está y a veces suele ser más grave, y por supuesto los sectores más vulnerables también asisten por diversos motivos.

Cabe destacar que la violencia familiar no es propia de la sociedad argentina sino que es un problema mundial  y se lo está tratando con mayor o menor eficacia en todas partes del globo.

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¿Qué es la violencia familiar?

Es toda acción, omisión o abuso dirigido a dominar, someter, controlar o agredir la integridad física, psíquica, moral, psicoemocional, sexual y/o la libertad de una persona en el ámbito del grupo familiar, aunque esa actitud no configure delito.

¿Qué situaciones tipos de violencia familiar existen?                                               

1. Violencia física: Toda agresión en el que se utilice cualquier parte del cuerpo, algún objeto, arma o elemento para sujetar, inmovilizar o causar daño a la integridad física de otra persona, con la intención de lograr su sometimiento o control.

2. Violencia psicológica o emocional: Prohibiciones, coacciones, condicionamientos, intimidaciones, amenazas, actitudes devaluatorias o abandonos capaces de provocar en quien los recibe el deterioro o la disminución de la autoestima y una afectación a su estructura de personalidad. Es necesario que estos actos u omisiones sean reiterados.

Ejemplos: amenazas que obliguen al otro a hacer o no hacer algo por miedo a la pérdida de algún bien necesario (amor, alimentos, permisos de salida); prohibición de elegir los amigos; exclusión en actividades familiares; aislamiento; ruptura de objetos; control de cajones, carteras, agendas sin respeto por la privacidad; revisión de la correspondencia o los llamados telefónicos.

3. Violencia sexual: Actos u omisiones que infrinjan burla y humillación de la sexualidad del otro; inducción a la realización de prácticas sexuales no deseadas y actitudes dirigidas a ejercer control, manipulación o dominio sobre otra persona. Pueden ir desde imposiciones al nudismo, exhibicionismos, manoseos, penetración y todo tipo de acto íntimo no consentido ni deseado. Incluyen las burlas, chanzas públicas y privadas de actos, hechos o circunstancias vinculadas con vida sexual de la pareja.

4. Violencia económica: Se manifiesta cuando uno de los miembros de la familia usa el poder económico para provocar un daño a otro. Las víctimas son privadas o tienen muy restringido el manejo del dinero, la administración de los bienes propios o gananciales, o impedido su derecho de propiedad sobre los mismos.

Ejemplos: cuando se tenga que pedir o rogar por el dinero, en lugar de compartirlo; cuando se obliga a entregar todo el dinero que uno gana; cuando no se informa acerca de los ingresos familiares o no se permite disponer de ellos para sus necesidades o a las de los hijos.

El propósito de este espacio institucional es brindar un recibimiento respetuoso, proporcionar un ámbito confidencial y derribar las invisibles barreras que dificultan el acceso a la justicia, en beneficio de todos los ciudadanos.

¿A quiénes se intenta proteger?

A todas las personas que sufren lesiones o malos tratos físicos o psíquicos por parte de algunos de los integrantes del grupo familiar, entendiéndose por tal el surgido del matrimonio, de las uniones de hecho o de las relaciones afectivas, sean convivientes o no, persista o haya cesado el vínculo. Incluye a las relaciones ascendientes, descendientes y colaterales.

Puede darse entre esposos, hacia los hijos (comunes o no comunes), hacia los padres o hacia los hermanos, tíos y sobrinos de alguno de los integrantes del matrimonio. También puede manifestarse entre personas que conforman uniones de hecho (concubinato) o sus parientes; e incluso entre quienes mantienen otro tipo de relaciones afectivas, por ejemplo, entre el novio y la novia, entre el padre de la novia y el novio, o entre homosexuales.

¿Quiénes pueden denunciar?

Cualquier persona puede denunciar un hecho de violencia familiar.

Cuando las víctimas fueran menores de edad, incapaces, ancianos o discapacitados que estén imposibilitados de accionar por sí mismos, están obligados a hacerlo sus representantes legales, los obligados por alimentos o el Ministerio Público Fiscal. También quienes se desempeñen en organismos asistenciales, educativos, de salud y de justicia y en general, quienes desde el ámbito público o privado tomen conocimiento de situaciones de violencia familiar o tengan sospechas serias de que puedan existir.

¿Dónde puede realizarse la denuncia?

Mesas de Entradas de Violencia Familiar: son dependencias especialmente diseñadas para atender a las personas denunciantes en un clima propicio y confidencial para su contención.

En Córdoba Capital se encuentra en Duarte Quirós 650. Su horario de atención se extiende entre las 8 y las 20 hs., teléfono (0351) 4481016 – 4481616 interno 30641 / 30642.

En el interior provincial existen Mesas de Violencia Familiar habilitadas en las sedes judiciales de San Francisco, Río Cuarto, Villa María, Río Tercero, Deán Funes, Cruz del Eje, Carlos Paz, Cosquín y Marcos Juárez.

Otros centros de recepción de denuncias: También se reciben las denuncias en todas las unidades judiciales que existentes en la Córdoba Capital y atienden las 24 horas.

En el interior provincial, se receptan denuncias en los Juzgados de Paz y en las unidades judiciales de las diferentes circunscripciones judiciales.

También pueden efectuarse telefónicamente al 0800-888-9898 desde cualquier lugar de la provincia durante las 24 horas del día todos los días.

Reserva de la identidad del denunciante

Tanto la identidad del denunciante como las actuaciones generadas y el registro habilitado tienen el carácter de reservado.

Todo agente o funcionario administrativo o judicial está obligado a guardar secreto.

El denunciante puede solicitar que su firma no aparezca en la denuncia. En ese caso, su identidad se hará constar en una declaración que guardará en sobre cerrado y anexará al formulario respectivo.

 

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